Fecundación in vitro (FIVET)
La instrucción Donum vitae describe la FIV como fecundación de un óvulo en un «tubo de ensayo» y su traslado al aparato genital de la mujer mediante esperma previamente recogido. Al hacerlo, la práctica suele implicar numerosas fecundaciones y la destrucción de embriones «sobrantes» o su conservación por congelación; esta dinámica conecta la fecundación asistida con la mentalidad que trata la vida embrionaria como material disponible.
Dignitatis personae añade que, aun en centros técnicamente avanzados, el número de embriones sacrificados resulta extremadamente alto, y recuerda que la aceptación «benigna» de esa realidad debilita el respeto debido a cada persona humana.
Inseminación artificial homóloga y heteróloga
La Iglesia distingue la inseminación artificial según su relación con el acto conyugal. Donum vitae declara que la inseminación artificial homóloga no puede admitirse cuando sustituye el acto conyugal, pero permite su evaluación moral positiva en casos en que la técnica no sustituye el acto conyugal, sino que lo facilita para que alcance su fin natural.
En cambio, la Iglesia rechaza los métodos que introducen un tercero en el acto conyugal mediante donantes. La Congregación para la Doctrina de la Fe afirma que la Iglesia se opone fundamentalmente a técnicas con intrusión de una tercera persona (por ejemplo, donantes de esperma u óvulos), porque niegan el derecho del hijo a nacer de un padre y una madre conocidos y unidos por el matrimonio, y quebrantan el derecho exclusivo de los esposos a llegar a ser padres solo mediante su unión.
Inyección intracitoplasmática y separación total de la procreación del acto conyugal
Dignitatis personae incluye la inyección intracitoplasmática de espermatozoides como una forma de procreación en la que la fertilización ocurre por inyección en el ovocito y no «por sí sola». La instrucción la califica como moralmente ilícita y afirma que produce una separación completa entre procreación y acto conyugal.
Crioconservación y destino de embriones congelados
Dignitatis personae enseña que la crioconservación de embriones resulta incompatible con el respeto debido a los mismos, porque presupone su producción en vitro y los somete a un riesgo serio de muerte o daño físico. Además, la congelación priva temporalmente a los embriones de la acogida materna y la gestación, y los coloca en una situación expuesta a ofensas y manipulaciones adicionales.
Ante miles de embriones abandonados, la instrucción denuncia una situación de injusticia que no encuentra solución moralmente aceptable.
Reducción embrionaria y diagnóstico genético preimplantacional
Al tratar las consecuencias éticas de técnicas de transferencia de múltiples embriones, Dignitatis personae describe la reducción embrionaria como un procedimiento en el que embriones o fetos en el seno materno se eliminan de forma directa. La instrucción califica esa práctica como aborto selectivo intencional, eliminación deliberada y directa de seres humanos inocentes en su fase inicial, y la define como desorden moral grave.
Asimismo, la instrucción presenta el diagnóstico preimplantatorio como forma de diagnóstico prenatal conectada con técnicas de fertilización artificial: selecciona embriones según defectos o cualidades deseadas, y conduce a la eliminación del embrión sospechoso o no deseado. Por ese motivo lo describe como dirigido a la selección cualitativa y a la destrucción de embriones, lo cual constituye un acto de aborto.