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Conferencia Episcopal Española (CEE)

La Conferencia Episcopal Española (CEE) reúne de modo estable a los obispos de España para coordinar tareas pastorales de ámbito nacional, preservando la responsabilidad propia de cada obispo y favoreciendo la comunión eclesial mediante órganos y estatutos aprobados conforme al derecho de la Iglesia.1,2

Conferencia Episcopal Española (CEE)
Ver información de la imagenEl Logo de la Conferencia Episcopal Española. Dominio Público.
Cuadro resumen[Datos abiertos]
NombreConferencia Episcopal Española
CategoríaEvento
DescripciónÓrgano permanente que reúne a los obispos de España para coordinar la acción pastoral a nivel nacional. La Conferencia Episcopal Española (CEE) coordina tareas pastorales en todo el territorio español, preservando la responsabilidad propia de cada obispo y favoreciendo la comunión eclesial mediante estatutos aprobados con recognitio de la Santa Sede. Está estructurada en Asamblea plenaria, Consejo permanente y Secretaría general con diversas comisiones
Cargo EclesiásticoPresidente de la CEE
Fecha de Inicio1966
Testigos
  • Luis Javier Argüello García - presidente
  • Francisco César García Magán - secretario general
  • Juan José Omella - presidente (3 mar 2020)
  • Carlos Osoro Sierra - vicepresidente (mar 2014-jun 2023)
TipoConcilio, Conferencia episcopal
UbicaciónEspaña
Ubicación ActualEspaña

Tabla de contenido

Naturaleza y finalidad

La Iglesia regula las conferencias episcopales como una forma de cooperación entre los obispos. El Magisterio describe su razón de ser: las conferencias redactan estatutos y organizan su actividad con medios que sirvan a los fines pastorales comunes, evitando que la administración interna crezca de manera desproporcionada.1

Juan Pablo II sintetiza el criterio esencial: las conferencias «existen para ayudar a los Obispos y no para sustituirlos».1

En ese marco, la CEE articula la corresponsabilidad del episcopado español para el bien común de la Iglesia en España, ordenando el trabajo común hacia decisiones que después cada obispo aplica en su diócesis según su oficio.1

Fundación y ámbito

La CEE se fundó en 1966 y representa al episcopado en todo el territorio español.

Marco canónico: estatutos, recognitio y límites de la burocracia

Cada conferencia episcopal posee estatutos propios: la conferencia los redacta y, para que entren en vigor con plena eficacia, necesita la recognitio de la Santa Sede.1

Los estatutos deben contemplar, entre otros extremos:

  • la organización de reuniones plenarias;
  • la creación de un consejo permanente;
  • el establecimiento de una secretaría general;
  • y la existencia de oficinas y comisiones útiles para cumplir mejor los fines.1

El Magisterio advierte además un criterio práctico-jurídico: las conferencias deben evitar el desarrollo excesivamente burocrático de oficinas y comisiones que operan entre sesiones plenarias.1

Órganos de gobierno

Asamblea plenaria

La Asamblea plenaria constituye el momento propio de deliberación colegial. Los estatutos de la CEE deben prever el ciclo regular de estas reuniones plenarias.1

Consejo permanente

El consejo permanente garantiza la continuidad entre sesiones: el derecho canónico encarga al consejo cuidar de que el episcopado prepare el trabajo de la plenaria y asegure la correcta ejecución de lo decidido.2

El Código de Derecho Canónico concreta su función así:

  • preparar el orden del día de la sesión plenaria;
  • vigilar que las decisiones plenarias se ejecuten correctamente;
  • atender otros asuntos que los estatutos le confíen.2

Secretaría general y comisiones

La CEE articula su actividad a través de una secretaría general y de comisiones u oficinas previstas en los estatutos. El fin de estas estructuras consiste en apoyar el trabajo colegial, de modo que las decisiones plenarias resulten posibles y aplicables, sin sustituir la responsabilidad episcopal.1

Presidencia y Secretaría general

La CEE está presidida por el arzobispo Luis Javier Argüello García.

La Secretaría general de la conferencia corresponde a Francisco César García Magán.

Presidentes anteriores (referencia histórica)

El cardenal Juan José Omella Omella ejerció la presidencia desde el 3 de marzo de 2020.3

En el gobierno colegial de la CEE, el cardenal Carlos Osoro Sierra desempeñó la vicepresidencia desde marzo de 2014.4 Posteriormente, la Santa Sede aceptó su renuncia al cuidado pastoral de la archidiócesis de Madrid el 12 de junio de 2023 y su renuncia como Ordinary para los fieles de rito oriental en España el 1 de marzo de 2024.4

Actividad pastoral y coordinación

La CEE desarrolla su tarea mediante un método en el que el trabajo entre plenarias prepara los asuntos, y la asamblea plenaria toma decisiones. El consejo permanente custodia la preparación del orden del día y la ejecución de lo acordado.2,1

Las oficinas y comisiones sirven a ese proceso para cumplir mejor los fines pastorales comunes, con un principio directivo claro: toda estructura intermedia debe actuar como apoyo a los obispos y no como sustitución de su ministerio propio.1

Conclusión

La Conferencia Episcopal Española funciona como un organismo estable de cooperación entre obispos, con estatutos aprobados mediante recognitio, una asamblea plenaria para deliberar, un consejo permanente para garantizar continuidad y ejecución, y una secretaría general con comisiones para apoyar el trabajo común. Este entramado busca un objetivo constante: ayudar a los obispos y no reemplazarlos.1,2

Citas y referencias

  1. Apostolos Suos, Papa Juan Pablo II. Apostolos Suos, 18 (1998). 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12
  2. Código de Derecho Canónico. Código de Derecho Canónico, 457 (1983). 2 3 4 5
  3. Oficina de Prensa de la Santa Sede. Cardenal Juan José Omella: Biografía, 1 (2025).
  4. Oficina de Prensa de la Santa Sede. Cardenal Carlos Osoro Sierra: Biografía, 1 (2025). 2
Modificado el 10 de julio de 2026 • FideScore™ 6.88Citar este artículo

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